Canal interno de información
El Sistema Interno de Información (en adelante, el “Canal”) es una vía para comunicar acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracciones penales o administrativas, graves o muy graves, que se produzcan en el entorno de Sales Layer Tech, S.L. (en adelante, “Sales Layer”).
Se implementa en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante, la “Ley 2/2023”). Con la implantación del Canal, Sales Layer también busca fortalecer la cultura de la información y fomentar la comunicación como mecanismo para prevenir y detectar Infracciones que lastren a la compañía y amenace el interés público.
El Canal está a disposición de todas aquellas personas que, en el contexto de su relación laboral, profesional o contractual con Sales Layer, trabajadores, becarios, accionistas, contratistas y subcontratistas, entre otros, sin perjuicio de que se encuentre vigente, ya haya finalizado o, no haya comenzado, detecten Infracciones que deban ponerse en conocimiento de Sales Layer (en adelante, los “Informantes”).
A través del Canal los Informantes podrán remitir, de manera confidencial y, en su caso, anónima, información relacionada con acciones u omisiones que tengan lugar en Sales Layer y que puedan ser constitutivas de infracciones penales o administrativas, graves o muy graves (en adelante, la “Comunicación”). Aquellas Comunicaciones cuyo contenido no reporte este tipo de infracciones legales y/o, contengan quejas de carácter comercial, personal o laboral, serán desestimadas y quedarán excluidas de la protección específica de este sistema.
Se remitirá al Informante acuse de recibo de la Comunicación, dentro de los siete (7) días naturales posteriores a su recepción. Sales Layer llevará a cabo las actuaciones de investigación pertinentes, que no se extenderán más allá de tres (3) meses desde la recepción de la Comunicación, salvo en casos de especial complejidad en los que este plazo podría dilatarse hasta tres (3) meses más.
Las Comunicaciones y las actuaciones de investigación se seguirán por el personal responsable, designado por Sales Layer, respetando el principio de presunción de inocencia y al honor a las personas afectadas.
Se respetará, la confidencialidad y el anonimato, en su caso, de los Informantes, las personas a las que se les atribuye las infracciones y las personas que se mencionen en la Comunicación.
Se mantendrá el carácter confidencial de las Comunicaciones, incluso cuando se trasladen a través de medios distintos a los dispuestos por Sales Layer, es decir, el Canal o el Responsable del Canal. Cualquier miembro de Sales Layer que, sin ser competente, reciba información de este tipo, deberá comunicarla inmediatamente al Responsable del Canal, garantizando su confidencialidad. De no hacerlo, se constituye una infracción muy grave, de conformidad con la mencionada Ley 2/2023.
Las personas a las que se les atribuye la infracciones tendrán derecho a conocer las acciones u omisiones que se les atribuyen y a ser oídas en cualquier momento. Todo ello, se llevará a cabo en tiempo y forma adecuados para garantizar el buen fin
de la investigación.
Existirá comunicación entre el personal que desarrolle las actuaciones de investigación y el Informante, siempre que resulte pertinente, pudiendo solicitarse
a este último información adicional, en caso de que resultare necesario.
La información al Canal no es un requisito previo que se deba agotar. De manera que los Informantes, si así lo estiman preciso, podrán presentar las denuncias
pertinentes a las autoridades administrativas y judiciales competentes, según se indica en la normativa aplicable.
En caso de que una Comunicación contenga acciones u omisiones que, de forma directa o indirecta, pudieran ser constitutivas de delito, serán remitidas al Ministerio Fiscal. Por otro lado, en caso de que los hechos descritos en la Comunicación afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirán inmediatamente a la Fiscalía Europea.
El Canal es el cauce preferente para realizar las Comunicaciones, no obstante, los Informantes disponen de canales externos (como la Autoridad Independiente de Protección del informante).
Al hacer uso del Canal, el Informante se obliga a:
En caso de que el Informante incumpla estas obligaciones, realice comunicaciones falsas o de mala fe, podrá ser sancionado conforme a lo previsto en la Ley 2/2023 y, podrá incurrir en responsabilidad penal, civil y administrativa de conformidad con la normativa aplicable.
Responsable del tratamiento: Sales Layer , S.L.
Finalidad del tratamiento: Gestionar, investigar y responder a las comunicaciones recibidas a través de
, de conformidad con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, por la que se regula la protección de las personas
que denuncian infracciones normativas y luchan contra la corrupción.
Base jurídica: La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal.
Destinatarios: No se prevé la comunicación a terceros, salvo que sea imprescindible para el desarrollo
y la ejecución de las finalidades del tratamiento, como el Ministerio Fiscal o las autoridades administrativas competentes
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